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RECORDATORIO DE LA DGT

Los trucos para evitar los radares salen (muy) caros: hasta 30.000 euros

Avisar de la ubicación de un radar fijo es legal, pero otra cosa es equipar el coche con dispositivos que los localicen y los anulen

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A la Dirección General de Tráfico no le gustan los trucos en la carretera y menos todavía cuando el fin último de los mismos es incumplir la normativa establecida. En esta ocasión han puesto el foco en aquellos conductores que buscan (y encuentran) las fórmulas para no respetar los límites de velocidad anulando la labor de los radares: una artimaña que puede salir muy cara.

¿Está permitido avisar de la ubicación de un cinemómetro? Todo depende del tipo de dispositivo. Si es fijo es una acción completamente legal, algo que, incluso, ha corroborado la propia DGT. No en vano, es ella quien detalla en su página las coordenadas concretas de estos radares. Por lo tanto, emplear aplicaciones que nos ponen en alerta sobre su presencia no acarrea multa alguna.

Imagen de una carretera con radar
Imagen de una carretera con radar | CC

El debate llega con los cinemómetros móviles y los controles aleatorios. Tráfico informa sobre las áreas más habituales en las que suelen operar, pero no especifica posiciones concretas. El objetivo del citado organismo es multar a quien alerte de ello porque informar de su presencia anula su efectividad. Una medida que presentaron a principios de 2020 y que todavía está en compás de espera.

Detectores e inhibidores

Con quien no será condescendiente la Dirección General de Tráfico es con aquellos conductores que empleen herramientas para anular los radares. A través de sus redes sociales ha recordado que este truco que mucho consideran como ingenioso puede volverse en su contra: quizás eviten la multa por exceso de velocidad, pero no se librarán de la que corresponde al uso de detectores e inhibidores.

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detector-de-radar_xoptimizadax-kK1E--620x349 | Centímetros Cúbicos

Los primeros son empleados para localizar cualquier control (velocidad, alcoholemia, drogas…). Usarlos supone cometer una infracción grave penada con una multa económica de 500 euros y la resta de tres puntos en el carnet. En el caso de los inhibidores las sanciones son mayores porque estos dispositivos se emplean para adivinar la ubicación de los radares y desactivarlos.

En 2014 se reformó la Ley de Seguridad Vial y se añadió un veto explícito para estos dispositivos: su instalación está prohibida y castigada con 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el permiso de conducir. Una cifra que se puede disparar hasta los 30.000 euros para los talleres que instalen este tipo de aparatos. Y recuerda que cualquiera de estas multas no sólo incluye su uso, también a su mera presencia dentro del vehículo.

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