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Para evitar problemas

No todo vale para la DGT: así debes colocar tu etiqueta de emisiones

Las etiquetas de la DGT generan discordia por diferentes motivos pero, ¿qué dice la ley sobre su posición? ¿Podríamos ponerla en otro sitio que no fuese el parabrisas delantero?

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Las etiquetas de la DGT nacieron en busca de aplicar una calificación de los diferentes vehículos según su grado de contaminación, aunque no en función de las emisiones producidas, sino por el tipo de mecánica y normativa bajo la que estos se produjeron. Sin embargo, la discordia y la polémica giran entorno a este distintivo por diferentes aspectos, y uno de ellos es su posición. ¿Podemos llevar la etiqueta de la DGT en otro sitio que no sea el parabrisas? Vamos a descubrirlo.

Y es que en numerosas ocasiones, este distintivo ha recibido quejas por sus dimensiones y por el lugar que supuestamente está destinado a ocupar. Con esta premisa, vamos a analizar los diferentes parámetros del mismo y a las leyes que se acoge, principalmente, sobre su posición en el parabrisas.

Recordemos que, en la actualidad y pese a que puede que cambien a partir de julio, existen cuatro etiquetas de la DGT: B, C, ECO y CERO. Aquellas más codiciadas son las dos últimas debido a las importantes ventajas que ofrecen a la hora de estacionar o acceder al corazón de grandes urbes. Pero todas ellas y tienen algo en común: van colocadas en una esquina del parabrisas.

Recordemos antes de entrar en materia el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que hace referencia a que “mantener el campo necesario de visión”. Teniendo en cuenta diferentes críticas por parte de ciertos conductores hacia la posición de la etiqueta de la DGT y que su relevancia no debería estar reñida por el lugar que ocupa en el coche, podría resultar algo contraproducente que ley exigiese que esta vaya colocada en el parabrisas.

Etiqueta DGT: dónde se puede poner
Etiqueta DGT: dónde se puede poner | DGT

Además, la propia normativa establece un tamaño máximo para la etiqueta de 97 milímetros de diámetro para vehículos y furgonetas y de 87 milímetros para motocicletas, pero no indican un mínimo, por lo que se podría interpretar que sí sería posible que fuesen más pequeñas.

Sin embargo, la respuesta a la pregunta de si podríamos llevar la etiqueta en otra zona del vehículo que no sea el parabrisas es un rotundo no. Esto se basa en lo que lo dice la propia ley, que indique que “si el vehículo dispone de parabrisas delantero, el distintivo irá colocado en el ángulo inferior derecho del mismo, por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.”

Así que aquellos que estén pensando en colocar este distintivo en otra zona que no sea el parabrisas mejor que se olviden de la idea. El Reglamento General de Circulación es muy claro al respecto, e indica que tan solo será esta zona la que deba llevar la etiqueta de la DGT.

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