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ES UNA INFRACCIÓN GRAVE

¿En qué casos circular por la izquierda está castigado con una multa de hasta 500 euros?

La norma establece que los conductores deben moverse por el carril derecho de la vía y ocupar el izquierdo para determinados movimientos. Esto es lo que pasa cuando actúan al contrario

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El Reglamento de Circulación establece que todos los vehículos deben circular por el carril de la derecha. Es posible abandonar esta zona para llevar a cabo un adelantamiento puesto que se trata de una maniobra que se realiza, siempre, por la izquierda salvo casos muy concretos. Ignorar este precepto se puede traducir en una sanción que la DGT ha recordado con motivo del incremento de desplazamientos en el período estival: ¿en qué casos circular por la izquierda está castigado con una multa de hasta 500 euros?

La Dirección General de Tráfico lo ha bautizado como ‘Síndrome del carril izquierdo’. ¿En qué consiste este comportamiento? Se da cuando un conductor circula de forma constante por esa parte de la vía para ir más rápido, esquivar a los vehículos que se desplazan por la zona central o derecha de la carretera, sortear las congestiones de tráfico… Una forma de conducir que va en contra de la norma y con la que, además, muchas veces no logran su objetivo.

Carretera con coches
Carretera con coches | PIXABAY

De 200 a 500 euros

Como explicábamos antes, las normas de circulación establecen que el conductor “debe circular por el carril situado más a su derecha” para no entorpecer la circulación y, sobre todo, para evitar generar situaciones de riesgo. Algo que debemos cumplir con especial cuidado cuando sabemos que los desplazamientos se han incrementado como ocurre en verano con la Operación Salida y la Operación Retorno, puentes, festivos, horas punta…

Ignorar el carril derecho es una infracción grave que está penada con una multa de 200 euros. Una cantidad que puede incrementarse hasta los 500 euros si el conductor decide moverse intercalando los carriles, es decir, haciendo zigzag.

Autovía
Autovía | Pixabay

La excepción de la norma

Como buena norma, el reglamento alberga algunas situaciones excepcionales en las que sí estaría justificado la circulación por el carril central o por el izquierdo. Podremos ocupar esta parte de la calzada cuando vamos a llevar a cabo un cambio de dirección, de sentido o un adelantamiento.

Este último supuesto se ha convertido en un culmen de dudas debido, precisamente, a los casos excepcionales. Al principio recordábamos que para rebasar a un vehículo, el único escenario posible es el carril izquierdo… pero lo cierto es que hay ocasiones en las que podemos llevar a cabo este movimiento por la derecha.

En concreto son tres los supuestos que nos permiten saltarnos la norma sin miedo a ser multados: cuando un vehículo señaliza un giro a la izquierda y ocupa el carril correspondiente para proceder, si está justificado por circunstancias o el lugar, en una retención porque no se considera un adelantamiento y dentro de los límites urbanos ya que en este escenario debemos movernos por la parte de la calzada más adecuada para nuestro trayecto.

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