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Recupera lo que sea tuyo (en caso de que lo sea)

Si te has deshecho de un coche, la Administración puede deberte dinero: así puedes gestionarlo

Tener en propiedad un coche es sinónimo de pagar diferentes impuestos, pero, en caso de deshacernos de él, también tenemos el derecho a recuperar lo que hayamos pagado de más.

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Cada año cientos de miles de personas cambian de vehículo o adquieren el que es su primer coche. Se trata de un proceso largo que poco a poco desemboca en una lenta renovación del parque automovilístico español, una renovación necesaria en muchos aspectos, máxime si tenemos en cuenta que la edad media del parque automovilístico de nuestro país es una de las más altas de la Unión Europea.

Contar con un vehículo en propiedad supone una clara ventaja en términos de confort y movilidad: tenemos plena libertad para desplazarnos en cualquier momento a cualquier lugar, sin mayor imposición de la de contar con nuestro coche en buen estado tanto en términos mecánicos como administrativos. Sin embargo, tener coche también supone asumir un importante desembolso de dinero cada año.

Así es: a la adquisición de un vehículo deberemos sumarle todo tipo de gastos, como el pago de una póliza de seguros, el abono de las tasas por acudir a las inspecciones técnicas de ITV o el pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica (más conocido como impuesto de circulación). Sin embargo, poca gente sabe que si se deshace de su vehículo antes de que termine el año, puede tener derecho a que se le reembolse un dinero que antes ya había pagado.

¿Puedo recibir dinero si me he deshecho de mi coche?

La respuesta es que sí: puedes recuperar parte del dinero que hayas abonado relativo al impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM), ya que pese a que el pago de esta tasa suele ser anual, éste se prorratea por trimestres de manera que si, por ejemplo, das de baja tu vehículo durante el mes de marzo, significa que sólo has "disfrutado" de tu coche durante el primer trimestre del año.

En ese caso, puedes solicitar al ayuntamiento u oficina de recaudación correspondiente a tu municipio la devolución del importe equivalente a los otros tres trimestres, ya que se trata de una cantidad abonada pero 'no disfrutada'. Para solicitar la devolución del dinero, deberás aportar la documentación acreditativa tanto de tu identidad como del hecho de que el vehículo ha sido dado de baja.

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