MALA COSTUMBRE
¿Emergencias o frenadas reiteradas para avisar de un atasco? La respuesta de la DGT con la que podrías no estar de acuerdo
Muchos conductores tienen la costumbre de activar las luces de emergencia en retenciones para avisar al resto de una desaceleración brusca. ¿Está permitido o existe otra forma correcta de señalizarlo?

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Vas circulando por la autovía o autopista, de repente los coches de delante empiezan a frenar y alguno decide activar los 'warnings' (cuatro intermitentes o luces de emergencia) para avisar de la retención a todos los que circulan por detrás. Incluso puede que tú mismo lo hagas y que te consideres un conductor precavido. Ahora bien, ¿qué dice la Dirección General de Tráfico (DGT) al respecto?
Simplificando mucho la historia, el gesto de activar los 'warnings' para advertir al resto no es legal. Puedes pensar que tiene cierta lógica y que es prudente en ciertas situaciones, sobre todo en curvas o zonas con visibilidad reducida. Pero la realidad es que no es la función principal (ni siquiera secundaria) de las luces de emergencia.

¿Para qué sirven realmente los 'warnings'?
En España, estamos acostumbrados a activar los cuatro intermitentes en situaciones que no toca, como en atascos o cuando hacemos una parada en doble fila. Y quien lo hace, suele entrar en el 'saco' de buen conductor, pues está avisando a los demás de sus intenciones o de una situación que puede llegar a ser peligrosa.
Sin embargo, el Reglamento General de Circulación (RGC) no dice lo mismo. Los 'warnings' están reservados para señalizar un peligro real, normalmente cuando el vehículo está inmovilizado o supone un riesgo evidente para el resto de usuarios de la vía.

Es una cuestión que regula el artículo 109.2 del RGC: "Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición". Además, también matiza que "para parar o estacionar deberá utilizarse el indicador luminoso de dirección correspondiente al lado hacia el que vaya a efectuarse aquella".
Es decir, que si te paras unos minutos en doble fila, tienes que señalizarlo con el intermitente correspondiente. Además, la norma no menciona en ningún caso que debas activar la luz de emergencia en atascos. ¿Que es fácil argumentar que has encendido los 'warnings' porque hay una retención y los coches que vienen por detrás circulan a alta velocidad? También.

Entonces... ¿Cuál es la manera correcta de avisar en atascos?
Nos referimos sobre todo a las retenciones que se forman en autovía o autopista de manera repentina y que obligan a reducir la velocidad de manera brusca. En esos casos, la DGT explica que la manera correcta de avisar al resto de conductores es con la luz de freno. Es decir, frenar de manera evidente e incluso reiterada, pues los pilotos traseros deberían ser suficientes.
La ley dice que mientras que el coche esté en movimiento, aunque sea a baja velocidad, no deberías utilizar las luces de emergencia. ¿El motivo? Se puede interpretar como una avería o una parada inminente en el arcén, y Tráfico argumenta que no conviene confundir a otros conductores en situaciones que ya por sí son tensas.

Eso sí, hay una única excepción que confirma la regla. Si la retención te obliga a parar el coche por completo y quedas detenido en un punto que puede ser peligroso (después de una curva cerrada, un cambio de rasante o una zona con poca visibilidad), sí que está permitido activar los 'warnings'. No para avisar del atasco, sino para señalizar el vehículo detenido en mitad de la calzada.
La próxima vez que te preguntes si tiene sentido encender las luces de emergencia, hazte una pregunta: ¿Las estoy encendiendo para informar de lo que ocurre más adelante o para advertir de mi situación? Si la respuesta es la segunda, entonces probablemente lo estés haciendo bien.
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