El Gobierno está planeando elevar las penas por imprudencias al volante, según ha confirmado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, principalmente la omisión del deber de socorroy de distintas conductas imprudentes de los conductores que hasta ahora se consideraban leves aunque provoquen accidentes. El agravamiento de la consideración penal de este tipo de actitudes al volante, intenta dar solución a incomprensibles deficiencias como las sufridas por Anna González tras la muerte en 2013 de su marido, atropellado por un camión mientras circulaba en bici por el arcén de una autovía. El conductor no paró y se dio a la fuga , pero no fue acusado de omisión del deber de socorro porque la víctima murió en el acto y tampoco de imprudencia grave, sino leve. En concreto, el Ministro de Justicia ha anunciado que s e reformarán los artículos del Código Penal que tipifican ambas conductas, el 142 (homicidio por imprudencia) y el 195 (omisión del deber de socorro). Catalá habló de la necesidad de actualizar las normas que regulan los casos de accidente en las carreteras y las obligaciones de los conductores, ya que artículos como el que trata el deber de omisión de socorro "datan de los años 90" y "no responden a una realidad social actual". El Tribunal Supremo ya apuntó la paradoja que supone que no se considere infracción la no asistencia a los afectados por accidentes si estos mueren el acto, sino únicamente si permanece con vida y el conductor se da a la fuga. Para el ministro, "aquellas circunstancias en las que hay una invasión de carril, un impacto, un fallecimiento o una no atención por parte del causante, no pueden ser consideradas como una falta leve y tener una mera sanción económica sin ninguna responsabilidad" ha explicado Catalá. En el citado caso de Anna González, gracias a su recurso, el conductor será finalmente juzgado por la vía penal por el delito de homicidio por imprudencia, aunque no por el de omisión del deber de socorro. En Centímetros Cúbicos: , ,