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NO TE PUEDES NEGAR

Los cuatro motivos por los que la DGT te puede obligar a hacer el control de alcoholemia

Llevan cuarenta años empleando esta herramienta para hacer frente a la siniestralidad vial.

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Como conductor puede que, en alguna ocasión, un agente te haya dado el alto para someterte a una prueba de alcoholemia. Un escenario en el que no puedes superar los 0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire aspirado o los 0,5 gramos por litro (g/l) en sangre; en los conductores profesionales y noveles el listón es más bajo: 0,15 mg/l en el aire aspirado y 0,3 g/l en sangre. Además de tener claro esto, ¿sabes que existen cuatro motivos por los que te pueden obligar a hacer el control?

Hace cuarenta años que la Dirección General de Tráfico comenzó a realizar test de alcoholemia, un sistema que se ha convertido en una de las claves de su lucha contra la siniestralidad vial: ha hecho más de 6,5 millones de pruebas. Los de drogas son menos numerosos (100.000) porque llegaron más tarde: en 2010.

En cualquier caso, el conductor no se puede negar: si lo hace, estaría cometiendo un delito que puede ser penado con penas de cárcel (de seis meses a un año) y con la retirada del carnet de conducir hasta cuatro años. Estas son las cuatro situaciones en las que deberás acceder a las pruebas de los agentes.

CONTROL ALCOHOLEMIA
CONTROL ALCOHOLEMIA | Centímetros Cúbicos

1. Controles preventivos

Son los más numerosos y lo que se llevan a cabo cuando las autoridades detectan a un conductor con síntomas de haber consumido alcohol o drogas. Lo normal es que el usuario sea sometido a ambas pruebas.

2. Pruebas aleatorias

Se trata de los controles que se despliegan en diferentes puntos de las carreteras españolas y en los que los conductores son elegidos al azar. Normalmente, los resultados de estos test son los que la DGT emplea para sus estudios sobre el consumo de alcohol y drogas al volante.

Control de alcoholemia.
Control de alcoholemia. | Pixabay

3. Accidentes

Es otra de las causas más comunes que se encuentran detrás de un control. La ley establece que, cuando se produce un accidente, los implicados (conductores, ciclistas y peatones) pueden ser sometidos a una prueba de alcoholemia y drogas en el momento y lugar del siniestro.

4. Campañas especiales

Igual que la Dirección General de Tráfico vigila los límites de velocidad o el uso de determinados dispositivos de seguridad, en fechas concretas (eventos, vacaciones, festivos…) lleva a cabo un despliegue especial para concienciar a los conductores del peligro de conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas al volante. Suelen ser las campañas más habituales y, además, cuentan con el refuerzo de otros cuerpos de seguridad como la Policía Local para poder ampliar el rango de actuación.

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