El sorteo de Lotería de Navidad es el gran evento de los juegos de azar en la temporada de España, aunque también tiene una importante carga social. Durante todo el día, media España está pendiente de los niños y niñas de San Ildefonso, cantando incesantemente los números que salen de los bombos dorados de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), a la espera de que llegue el gran momento: cuando canten los cuatro millones de euros del Gordo de Navidad.

La cifra millonaria corresponde a una serie del número premiado; pero teniendo en cuenta que una serie está compuesta por diez décimos, el premio por boleto es una décima parte, es decir, 400.000 euros. Sin embargo, la cifra que finalmente se llevaría un jugador con el número premiado no es exactamente esa, sino algo menor, debido a que ciertos premios de juegos de azar deben tributar a Hacienda.

La ley dicta que todos los premios de juegos de azar cuya cuantía supere los 40.000 euros deben tributar un 20% de la cantidad que exceda esa cifra. En el caso de la Lotería de Navidad, las tres categorías principales del sorteo están sujetas a tributación.

En el caso concreto del Gordo de Navidad, de los 400.000 euros prometidos habría que hacer el cálculo del 20% en base a los 360.000 euros que quedan al restar los 40.000 exentos de impuestos. Así, la Agencia Tributaria se quedaría con 72.000 euros, y los ganadores del sorteo recibirían 328.000 euros.

¿Qué se queda Hacienda del resto de premios?

El Gordo no es el único premio del sorteo el 22 de diciembre que tributa. Del segundo premio, de 125.000 euros, Hacienda se queda con 17.000 euros, por lo que la cifra final recibida por los jugadores que tengan un décimo premiado con un segundo es de 108.000 euros.

El tercero, de 50.000 euros, tiene una retención de 2.000 euros, por lo que se queda en 48.000 euros. El resto de premios, desde los cuartos hasta los reintegros, se reciben íntegramente al estar por debajo de los 40.000 euros de límite.

Dónde, cómo y cuándo puedo cobrar mi premio?

Para los afortunados ganadores de alguno de los premios de esta Lotería de Navidad, existen varias vías para reclamar el dinero, que dependen de cómo haya sido adquirida la participación y de la cantidad recibida.

Si el décimo fue comprado a través de la web o la aplicación de Loterías y Apuestas del Estado, el dinero se ingresa automáticamente en la cuenta virtual utilizada para la gestión de compra. Si el premio es inferior a 2.000 euros, pero supera el saldo máximo disponible en la cuenta virtual, marcado en 400 euros, Loterías y Apuestas del Estado ingresará el montante en la cuenta bancaria asociada, tras una comprobación de datos bancarios.

Cuando el premio supera los 2.000 euros, el proceso incluye obligatoriamente lo que se denomina en la web de Loterías y Apuestas del Estado como proceso de verificación documental de identidad. Si el premio está sujeto a impuestos, se deducirá automáticamente la cantidad gravada.

En caso de haber adquirido la participación en un punto de compra, los premios menores pueden ser reclamados en cualquiera de las 11.000 administraciones que se encuentran repartidas por toda España. Para los premios mayores, el proceso debe realizarse a través de una sucursal bancaria asociada a SELAE. Las entidades que colaboran con la sociedad estatal en 2023 son BBVA y CaixaBank

En cualquier caso, los premios deben ser reclamados dentro de los tres meses siguientes a la celebración del sorteo. La fecha límite para cobrarlos es el 22 de marzo a las 18:00h.