Ganar la lotería deja al concursante con una sensación eufórica impresionante, después de todo, se ha logrado algo contra toda probabilidad. Pero es muy temprano para cantar victoria, porque Hacienda también ha ganado la lotería. Aquellos afortunados que escuchen sus números ser llamados en el Sorteo de Oro Cruz Roja deberán de dar un porcentaje de su premio en impuestos.

Tras ganar premios de esta índole, los sujetos deberán pagar 20% a la Agencia Tributaria. Este impuesto no solo afecta a este sorteo, sino a todos los concursos, loterías o premios de apuestas de Estado, Comunidades Autónomas, Organización de Ciegos Españoles y cualquier otro que haga la Cruz Roja. Recordemos los tributos a Hacienda hasta ahora:

  • Si el concurso se celebró antes del 5 de julio de 2018 y el premio es de máximo 2.500 euros.
  • A partir del 5 de julio de 2018 (incluido), la cuantía exenta sería de 10.000 euros
  • De 20.000 euros para los concursos del 2019.
  • De 40.000 euros para todos aquellos concursos que se han celebrado a partir del 2020 hasta la actualidad. Esta es la cuantía exenta vigente.

El ganador del primer premio recibe 3.000.000 de euros. Pero, en realidad no se lleva esa cantidad a casa. Para conocer la cantidad que obtendrá un ganador después de aplicar el impuesto, hay que extraer del premio los primeros 40.000 euros, que están exentos, y aplicar el 20% a la cantidad restante.

La Agencia Tributaria recibe una quinta parte de los 110.000 euros que quedan tras restar los primeros 40.000: en total, 592.000 euros van a parar a las arcas públicas. La cantidad que el jugador recibe tras aplicar esta retención es de 2.368.000. Más los 40.000 exentos de impuestos: 2.408.000 euros.

Es posible que el premio no sea de solo una persona, sino que la titularidad sea compartida. En esos casos, Hacienda informa que se "prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda". Sin embargo, aunque el premio este sujeto a alguna excepción debido a un convenio para evitar una doble imposición resulte aplicable, este igualmente estará obligado a retención o ingreso a cuenta por parte de Hacienda. Dichas retenciones "se ingresarán mediante el modelo 230, y se incluirán en la declaración informativa anual modelo 270",recoge Hacienda.