La nueva norma regula también la formación básica del personal que se designe para estar al cargo de estos desfibriladores, en calidad de potenciales "primeras personas intervinientes" en la atención a personas que entren en parada cardiorrespiratoria.

El decreto se someterá a partir de esta semana a un proceso participativo a través del Portal de Transparencia, para incorporar aportaciones de la ciudadanía. La regulación se ha presentado por el director general de Salud, Luis Gabilondo, quien ha estado acompañado por el director del Servicio de Ciudadanía Sanitaria, Aseguramiento y Garantías, Lázaro Elizalde.

Luis Gabilondo ha explicado que el nuevo decreto responde a la necesidad de actualizar la normativa vigente, que databa de 2011, para "garantizar una red operativa y viable que haga posible la actuación coordinada entre los dispositivos sanitarios y los extrasanitarios en la atención a la parada cardíaca", dada la "vital" importancia que tienen las intervenciones que realizan los testigos de este tipo de episodios en los diez primeros minutos.

El objetivo es generar espacios cardioprotegidos y crear una red de primeras personas intervinientes convenientemente formadas en reanimación, para aumentar así la capacidad de intervención inmediata en los entornos delimitados y garantizar tiempos de respuesta inferiores a cinco minutos.

Entre los espacios que deberán disponer de un desfibrilador accesible al público destacan los centros educativos con más de 700 alumnos y los centros de trabajo con más de 700 empleados, así como polideportivos, piscinas y cualquier instalación deportiva, cultural o recreativa con un aforo autorizado o previsto superior a esta misma cantidad de personas.

La obligatoriedad se extiende a establecimientos o centros comerciales con una superficie construida superior a 700 metros cuadrados, aeropuertos, estaciones de trenes y de autobuses de poblaciones superiores a 30.000 habitantes, así como a patrullas de las policías locales y Policía Foral.

El nuevo decreto define los lugares donde es obligada la instalación de desfibriladores automáticos y semiautomáticos, las personas cuya capacitación se considera clave para el adecuado funcionamiento, la formación requerida para su uso y los registros necesarios para disponer información operativa sobre los desfibriladores disponibles en Navarra, que deberá estar actualizada permanentemente.

Se trata de una línea de acción conectada con el Plan de Salud, que incluye entre sus estrategias prioritarias la mejora de la atención de las llamadas urgencias tiempo-dependientes y contempla la capacitación de la ciudadanía ante la urgencia vital. "El decreto busca desarrollar de manera ordenada la colaboración entre los dispositivos sanitarios y los agentes sociales para la optimización de los resultados de respuesta ante una situación de parada cardíaca", ha indicado Elizalde.

Los desfibriladores se ubicarán en un lugar visible y accesible y estarán debidamente indicados mediante la señalización universal recomendada por el Comité Internacional de Coordinación sobre Resucitación (ILCOR), con presencia del número de teléfono 112 de SOS Navarra. En la misma ubicación deberán colocarse de forma visible las normas de utilización de los aparatos en las lenguas oficiales en la localidad y en otros idiomas, a criterio de la persona titular de la instalación, que será también responsable de su instalación y correcto mantenimiento.

El nuevo decreto define a las "primeras personas intervinientes" como aquellas con mayor probabilidad de prestar primera atención a personas en parada cardiorrespiratoria. Considera obligada la presencia de al menos una persona formada en maniobras de reanimación y uso de desfibriladores durante el horario de apertura al público de los centros con aforos superiores a 700 personas.

Entre los colectivos que deberán disponer de profesionales con formación acreditada destacan las Policías locales y agentes municipales, la Policía Foral de Navarra, el Servicio de Bomberos, socorristas de piscinas y otros espacios recreativos y las personas responsables de la utilización de los desfibriladores durante el tiempo de apertura al público de los espacios delimitados en el decreto. Los cursos para primeras personas intervinientes serán organizados por entidades docentes dependientes del Gobierno de Navarra u otras entidades públicas o privadas que cumplan los requisitos estipulados por el decreto.

La formación requerida constará de un curso inicial de al menos nueve horas de duración, con contenidos teóricos y prácticos sobre las características de la muerte súbita cardíaca, la manera de activar la cadena de supervivencia, la desobstrucción de la vía aérea, las maniobras de reanimación cardiopulmonar básica y la utilización de desfibriladores automáticos. Las personas acreditadas deberán asistir cada dos años a un curso de actualización y mantenimiento de dos horas de duración.

En Navarra hay actualmente instalados y registrados un total de 545 desfibriladores automáticos o semiautomáticos, según el registro del Departamento de Salud. Las paradas cardíacas se producen con una frecuencia media de 60 episodios por cada 100.000 habitantes al año. El 80% de las paradas cardiacas inesperadas extrahospitalarias son debidas a enfermedad coronaria. El Registro Europeo de Parada cardiaca extrahospitalaria recoge una media de edad de 66,5 años y una incidencia del 66% en hombres. El 80% de estos episodios ocurren en casa. En 8 de cada diez casos, hay presencia de testigos cuya intervención es vital para la supervivencia del paciente.