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TENDRÁN QUE PAGAR UNA MULTA DE 300.000 EUROS

Protección de Datos multa a WhatsApp y Facebook por compartir datos sin tu permiso

La Agencia Española de Protección de Datos ha anunciado una resolución por la que multa a WhatsApp y Facebook “por ceder y tratar, respectivamente, datos personales sin consentimiento”.

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Facebook Agencias

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha declarado la existencia de “dos infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos, sancionando con 300.000 euros a Whatsapp y 300.000 a Facebook”, como ha informado en la resolución emitida durante el día de hoy.

La multa, no obstante, se divide en dos partes. En el caso de Whatsapp la multa está motivada “por comunicar datos a Facebook sin haber obtenido un consentimiento válido de los usuarios”, mientras que, en el caso de Facebook, tiene que ver “por tratar esos datos para sus propios fines sin consentimiento”.

El origen

Todo se remonta a agosto de 2016, cuando WhatsApp actualizó sus términos de servicio y política de privacidad “introduciendo cambios como el hecho de compartir información de los usuarios de Whatsapp con Facebook” e imponiendo estos cambios como obligatorios “para poder hacer uso de la aplicación de mensajería”, para los nuevos usuarios, indican desde la AEPD.

En el caso de los que tenían instalada ya Whatsapp, “la compañía sólo habilitó mecanismos para rechazar que la información cedida pudiera ser utilizada con la finalidad de ‘mejorar’ la ‘experiencia con los productos y publicidad en Facebook’, pero no con otros fines recogidos en la política de privacidad. Además, estos usuarios tenían que aceptar los nuevos términos antes de un plazo concreto para seguir utilizando el servicio”, según reza el comunicado de la AEPD.

En cuanto a Facebook, la resolución hace hincapié en que la red social “viene utilizando la información de los usuarios cedida por WhatsApp con finalidades específicas de sus servicios y, en definitiva, en beneficio de su actividad. Facebook destina esos datos a su propia finalidad publicitaria y de mejora de sus productos“ y no contaría con el consentimiento libre por parte de los usuarios.

Por todos estos motivos, la AEPD les ha puesto una multa de 300.000 euros a cada plataforma, “la cuantía máxima correspondiente a las infracciones graves declaradas”, indican, aunque, a todas luces, parece que esta cantidad de dinero es calderilla para una compañía, Facebook, que en 2017 ingresó 12.800 millones de euros.

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