Luis de Guindos, el ministro en funciones acudía a la Comisión de Economía para explicar el “caso Soria” y aseguraba que el proceso por el que el exministro de Industria fue propuesto para ocupar el cargo de director ejecutivo en el Banco Mundial “ha sido siempre un procedimiento transparente y abierto” y añadía: “Ha habido competencia”.

¿Realmente ha sido un procedimiento transparente, abierto y competitivo? Para que así fuera, deberían de haberse dado ciertas condiciones que no hemos visto en este caso, según los catedráticos de la administración pública consultados por El Objetivo.

La publicidad que ha dado el ministerio a esta plaza de director ejecutivo en el Banco Mundial ha sido limitada y por lo tanto poco transparente. La convocatoria se enviaba sólo a dos asociaciones de técnicos, a la Asociación de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado y Diplomados Comerciales del Estado y no al resto de funcionarios por ser “por formación y desarrollo profesional los que tienen mayor conocimiento y experiencia en las funciones a desarrollar en estas instituciones” como destacaba de Guindos. Y eso a pesar de que, según la convocatoria a la que ha tenido acceso El Confidencial, para acceder a la selección no era condición necesaria ni siquiera ser funcionario.

Es decir, todo aquel que, aunque capacitado, quisiera optar a la plaza sencillamente no se enteraría de la vacante pese a tener cualidades para ello. Y al no ser el acceso igualitario, la competencia para ocupar el puesto se reduce; sólo supieron de la candidatura los 650 funcionarios registrados en las anteriores asociaciones mencionadas.

Para optar a un puesto de la administración, se requiere un concurso público cuyas características, reguladas por el Código de la Función Pública, son:

Artículo 39. Convocatorias de concursos.

… Dichas convocatorias deberán contener las bases de las mismas, con la denominación, nivel, descripción y localización de los puestos de trabajo ofrecidos, los requisitos indispensables para su desempeño, los méritos a valorar y el baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos, así como la previsión, en su caso, de memorias o entrevistas y la composición de las comisiones de valoración.

Pero como bien explicaba el ministro, esto no era un concurso, sino un procedimiento con concurrencia. Marcos Vaquer Caballería, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, explica a El Objetivo que “en los procedimientos administrativos con concurrencia (como ocurre en materia de contratos del sector público, o de subvenciones o de empleo público, por ejemplo) la concurrencia suele ir precedida de publicidad, es decir, de un anuncio público de la convocatoria y sus bases reguladoras, para que puedan concurrir con igualdad todos los interesados y así seleccionarse al mejor. Sin publicidad, la concurrencia no está asegurada y puede ser fácilmente restringida en contra del interés general”

Hechos que en el caso que nos ocupa, no se cumplieron.

Por lo tanto, la declaración del ministro de Economía e Industria en funciones es engañosa. El procedimiento fue solo abierto a un número determinado de funcionarios, se limitó la competencia y, por supuesto, no fue una convocatoria transparente.