María Blanco / @mariablanco_

En una entrevista el pasado viernes en Onda Cero, Oriol Junqueras como también en el programa Al Rojo Vivo, mostró una actitud muy crítica contra los miembros del Tribunal Constitucional. En concreto, afirmó que “el TC no es un órgano judicial porque no está formado por jueces sino que está formado por personas elegidos por los mismos partidos políticos que se oponen al referéndum”. Pero, ¿es cierta esta afirmación?

Los miembros del TC son nombrados por el Rey

El IX Título de la Constitución recoge todo los aspectos relativos al Tribunal Constitucional: jurisdicción, competencias y, como no podía ser de otra manera, el proceso la elección de sus 12 miembros.

Es el artículo 159.1 el que especifica que es el Rey quien los nombra tras haber sido propuestos por distintas instituciones. En concreto: “cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.”

¿Y esto qué significa? En el caso de los seleccionados por las Cortes que, al ser necesaria una mayoría de 3/5, los candidatos del TC para poder ser elegidos por el Congreso deben contar con el apoyo de un mínimo de 210 de los 350 diputados. Cifra que, en el caso de los 4 magistrados propuestos por el Senado, se concreta en el voto de 160 escaños sobre el total de 266 que componen la Cámara Alta.

¿Qué se requiere para ser magistrado del TC?

Frente a la relación política que Junqueras dibuja entre partidos y magistrados del TC, hemos querido aclarar cuáles son las condiciones que todo aspirante debe cumplir.

El artículo 159 recoge como requisito indispensable ser un “jurista de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional” y ejercer una de estas profesiones: “Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados”.

Por si hubiera alguna duda, en El Objetivo nos hemos puesto en contacto con el TC para aclarar qué tipo de funcionarios podrían ser elegidos miembros de este tribunal. Las fuentes consultadas nos han aclarado que únicamente aquellos que ejerzan el Derecho, tales como abogados del Estado o Letrados del Consejo de Estado.

Por otro lado, la Constitución declara que el cargo de miembro del TC es “incompatible” con cualquier “cargo político”, el “desempeño de funciones directivas” o “el empleo al servicios” de un partido político.

Es cierto que jurista y juez no son palabras sinónimas y, como afirma Oriol Junqueras, no todos los miembros del actual Tribunal Constitucional son jueces. En concreto de los 12 componentes: 6 son Magistrados del Tribunal Supremo, 1 Teniente Fiscal de la Fiscalía de este mismo tribunal y los 5 restantes catedráticos de Derecho. Sin embargo, esto no repercute de ninguna manera en el hecho de que el TC sea un órgano judicial: son las funciones que le atribuye la Constitución las que le otorgan esta condición y no la profesión de sus miembros.

Con todo esto, la afirmación de Oriol Junqueras es MEDIA VERDAD: no todos los actuales miembros del TC son jueces pero este sí que es un órgano judicial.