Preguntada por su opinión este mismo miércoles en Espejo Público acerca del motín del CIE de Aluche, Manuela Carmena contestaba: “Esto es importante aclararlo. Nadie que haya cometido un delito puede estar en el CIE. La persona que comete un delito y tiene pena de prisión, tiene que estar en la cárcel”. Carmena terminó por zanjar que “en el CIE solamente están personas que no han cometido ningún delito”.

Durante la semana de los acontecimientos de Aluche distintos miembros de Podemos salieron a los medios de comunicación para explicar lo que, a su juicio, ocurre en los CIE. Iglesias aseguró que “las personas que están en esos centros no han cometido ningún delito” sino que “están encarceladas por una falta administrativa”, en referencia a que están internas en el CIE.

En esa misma línea, la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, lamentó que en los CIE estuvieran “personas que no han cometido delitos exigiendo libertad”: “Fíjese qué institución los CIE, ¿no?, están quitando libertad a personas que no ha cometido ningún delito, están sin libertad, exigiendo libertad personas que no han cometido delitos”.

¿Es cierto que en los CIE no hay personas internas que hayan cometido un delio? Según Santiago Yerga, coordinador del programa CIE de la ONG Pueblos Unidos, “para contestar a esta pregunta hay que decir que existen tres tipos de situaciones por las que una persona inmigrante puede encontrarse en un CIE”.

Yerga explica que “la primera de ellas, la más común, es por la estancia ilegal en el país.” Según la ‘Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social’ en su artículo 53.1, se considera una infracción grave “encontrarse irregularmente en territorio español”. Éstas infracciones graves se multarán con un total de entre 501 euros hasta los 100 000 o, si así lo estipula la Policía Nacional previa firma de la Delegación de Gobierno, la expulsión del individuo del país.

Al ser una infracción, que no un delito, se trata de un procedimiento administrativo y es la Policía Nacional quien lo ordena. “Si la decisión es expulsión, se le trasladará al CIE tras decisión judicial a la espera de su ejecución”, explica Yerga.

Elaboración propia.

Hasta aquí los miembros de Podemos y la alcaldesa de Madrid estarían en lo cierto; pero faltan las otras dos razones por las que una persona extranjera puede internarse en un CIE, y es aquí donde encontramos que las declaraciones de estos políticos no son del todo exactas.

La segunda situación es porque, durante su estancia en la cárcel, ha caducado o expirado su permiso de residencia o la situación que hacía que su estancia en España fuera legal ha cambiado (un trabajo, etc.). Por lo tanto, al cumplir su pena se le trasladará a un CIE para su expulsión. “Durante la estancia en prisión se le ha tramitado el expediente y al salir del centro el juez determina si acude o no a un CIE”, argumenta el coordinador de Pueblos Unidos.

A esta segunda situación se refirió Carmena en su última visita al CIE de Aluche: “Entre todos los internos con los que hemos hablado, hemos diferenciado situaciones muy distintas y nos ha preocupado mucho la de las personas que acaban de llegar en patera y otras personas que han cumplido condena pero que están aquí en trámite de expulsión”. Estas últimas a las que se refiere la alcaldesa es el segundo grupo.

Asimismo, esta sanción también es competencia de la delegación del Gobierno, puesto que siguen siendo expulsiones administrativas: por estancia irregular en el país. Estas personas ya entrarían en el CIE con antecedentes penales, pero no por haber cometido un delito.

La pena de prisión se sustituye por la expulsión del país y, si así lo considera un juez, su internamiento en un CIE

Por último, la tercera situación que a Carmena, Pablo Iglesias y a Rita Maestre se le escapan son las expulsiones judiciales: tal y como se estipula en el artículo 89.1 del Código Penal, “las penas de prisión a un ciudadano extranjero de uno o más de un año serán sustituidas por la expulsión del país del condenado”. “Y estas personas, si el juez así lo considera, pueden ser retenidas en un CIE antes de ser expulsadas”, asevera Yerga, aunque “en caso de que no haya expulsión, por los motivos que procedan, cumpliría la pena en la cárcel”.

Elaboración propia.

Por lo tanto, estas personas se encontrarían en un CIE por haber cometido un delito, que es lo que niegan los miembros de Podemos y la alcaldesa de Madrid. En todo caso, este número de personas es inmensamente inferior al resto: según la Memoria de la Fiscalía General del Estado, un total de 353 personas en 2015 fueron trasladas a un CIE a la espera de expulsión por haber cometido un delito, lo que supone un 5,1 % del total (6.930 personas internadas en los CIES).

Elaboración propia.

Precisamente, según explica el coordinador de Pueblos Unidos, ellos visitan los CIE diariamente y comprueban que “muchas de las personas allí internadas tienen hasta miedo de convivir con ese pequeño grupo que está allí tras haber cometido un delito”. “Hay personas que jamás han tenido ningún mínimo conflicto y que pasan miedo con las personas que están ahí por pena de expulsión al haber cometido un delito”, insiste, aunque admite que el grupo de personas a las que se les conmuta la pena y acuden a un CIE es ínfima.

Por todo ello, podemos decir que las declaraciones de la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena; del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias y de la portavoz del Ayuntamiento, Rita Maestre, en las que aseguran que en los CIE "solamente hay personas que no han cometido ningún delito" y que "solo están por una falta administrativa"es una MEDIA VERDAD.