'EL ESPAÑOLISTO'

Para explicar el funcionamiento del derecho de gracia en España, el Españolisto ha recurrido ala ley que lo regula desde 1870. Además, se ha consultado la principal modificación que ha sufrido ese texto, una ley de 1988. También se ha acudido a otras leyes y reglamentos aprobados en los años 1993, 1994, 1995 y 2000, y que han supuesto cambios menos importantes.

Las cifras en el Objetivo: ¿Cómo es la regulación del indulto en otros países del mundo?

Para comparar el tratamiento del indulto en España con otros países de nuestro entorno, se han estudiando todos los indultos publicados en el Boletín Oficial del Estado(BOE) en 2013. Se ha usado también un estudio de legislación comparada del Senado francés titulado La Amnistía y la Gracia”.Además, se ha consultado la información publicada sobre el derecho de gracia en las páginas webs de los gobiernos de Marruecos, Italia yReino Unido.

Por último se ha recibido información de los siguientes expertos en la materia:

-          César Aguado Renedo, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid.

-          Javier Serra, Profesor de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad Autónoma de Murcia.

-          Ignacio González Vera, Jueces para la Democracia.

-          Marcelo F. Aebi, vicedirector de la Escuela de Ciencias Criminales de la Universidad de Lausana.

-          Carmen Navarro, profesora de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Reportaje: El Gobierno indulta la pena a un conductor kamikaze

“El Objetivo” viaja a Alzira (Valencia), para conocer de primera mano el caso de Ramón Jorge Ríos Salgado,  a quien el Gobierno indultó una pena de 13 años de cárcel por la muerte de una persona en un accidente de tráfico del que fue culpable. Para el reportaje, el equipo se ha puesto en contacto con el abogado y la hermana de la víctima, Loreto Dolz. Además se ha usado la sentencia del caso.

PRUEBAS DE VERIFICACIÓN:

Miquel Roca, abogado de la Infanta Cristina: “Su Alteza Real ha decidido renunciar al derecho al recurso que, como ciudadana, le es conferido por la Constitución y comparecer voluntariamente ante el Ilmo. Sr. Juez Instructor”.

Según el auto emitido por el juez instructor de la causa José Castro el pasado 13 de enero, en ese auto se afirma literalmente que “de ninguna comparecencia voluntaria se trata”. En un auto previo el juez había imputado y llamado a declarar a la Infanta. Además para esta prueba de verificación se ha consultado la opinión del catedrático de derecho penal Jacobo Dopico. Por lo tanto, esta declaración es falsa.

MarÍa Dolores de Cospedal: “En estos dos años de Gobierno ha habido una subida media anual de la luz del 1,9%”.

Alberto Nadal, secretario de Estado de Energía: “El recibo de la luz para una familia media, con dos hijos baja un 0,9%”.

José Manuel Soria, ministro de Industria, Energía y Turismo: “Según el INE, el recibo de la luz ha bajado un 3,7%”.

Se han utilizado los datos oficiales de evolución de precios de la energía eléctrica proporcionados por el propio Ministerio de Industria y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC). Además se han utilizado datos proporcionados por la Asociación Española de la Industria Eléctrica (UNESA), el Instituto para la Diversificación y el Ahorro en Energía (IDEA), y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Por último, se ha contado con la aportación de la profesora de Economía de la Universidad Carlos III, Natalia Fabra y con el análisis de Jorge Morales de Labra, experto en regulación del sector eléctrico de la empresa Geoatlander. Con estos datos en la mano, se trata de tres afirmaciones engañosas en las que los datos aparecen representados de forma parcial a favor del argumento del que los presenta.