En total, 15 de las aerolíneas denunciadas utilizan números de tarificación especial (901 y 902) para la información, atención o reservas de los usuarios. Además, Facua señala que otras 12 compañías ofrecen exclusivamente este tipo de numeraciones para las llamadas de los consumidores, sin poner a su disposición otro tipo de teléfono.

La Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores establece en su art. 21 señala que los teléfonos de atención al cliente en los sectores donde no sea obligatoria su gratuidad (telecomunicaciones, electricidad y gas) no pueden suponer "un coste superior al de la tarifa básica", por lo que si son de pago, sólo resultan admisibles líneas móviles o fijos con prefijo geográfico. El texto transpone al ordenamiento jurídico español la directiva europea de derechos de los consumidores (Directiva 2011/83, de 25 de octubre de 2011).