López del Moral se ha
manifestado así en declaraciones a tras conocerse que la sentencia sobre este
caso, que es de la sección tercera de la Audiencia de Cantabria, está entre las
elegidas para los Premios Género y Justicia al Descubierto 2017.
Los premios, creados por
la organización internacional Women's Link Worldwide, permiten a los ciudadanos
votar y enviar un mensaje directo a los jueces de todo el mundo para exigirles
que protejan los derechos de las mujeres y las niñas, aunque también para
reconocer el trabajo de aquellos tribunales que luchan por la igualdad de
género.
Esa sentencia de la
Audiencia cántabra no consideró probado que la niña, que tenía 5 años cuando
comenzó a sufrir abusos de su vecino, opusiera resistencia. Los magistrados
indicaron que, al contrario, era "habitual" que la menor volviera a
la casa de este hombre, que le hacía regalos "para contentarla" (consolas,
ordenador portátil, teléfonos móviles), y que fue condenado a tres años y nueve
meses de cárcel.
El presidente del TSJC
destaca que en la sentencia en ningún caso se deja entrever que la menor
víctima "tuviera que haber adoptado uno u otro comportamiento".
"Los tribunales enjuician a las personas acusadas de delitos, pero nunca a
las víctimas, ni cuestionan sus comportamientos", ha manifestado Del
Moral.
Según ha explicado, lo
que hace el tribunal, "porque es su obligación", es dilucidar si se
han dado determinadas circunstancias, como el uso de la violencia, que
condicionan la calificación jurídica de los hechos. Del Moral ha abundado en
que es fundamental que los magistrados se pronuncien sobre si se produjo o no
violencia para poder valorar el caso e imponer la pena.
"Y eso es lo que se
hace en este caso", ha aseverado, antes de añadir que en este juicio por
los abusos a la niña era "imperativo" determinar si hubo violencia o
intimidación, porque la condena podía variar en función de ello entre delito de
abuso o de agresión sexual (castigado con más pena).
El presidente del TSJC
ha indicado que eso fue precisamente lo que hizo la sección tercera de la
Audiencia y así se recogió en la sentencia. "El tribunal se limita a
constatar un hecho. En ningún momento pretende decir que el comportamiento de
la víctima tenía que haber siso éste o aquel. Solo se analizan las
circunstancias para pronunciarse sobre una determinada calificación
jurídica", ha insistido.
López del Moral ha
considerado que la sentencia es "impecable" y ha manifestado que el
tribunal que la dictó está formado por magistrados "de gran
prestigio" y "con gran sensibilidad" hacia las víctimas. Y ha
apuntado que ni la acusación particular ni el Ministerio Fiscal han recurrido
esta sentencia para solicitar una pena mayor.