López del Moral se ha manifestado así en declaraciones a tras conocerse que la sentencia sobre este caso, que es de la sección tercera de la Audiencia de Cantabria, está entre las elegidas para los Premios Género y Justicia al Descubierto 2017.

Los premios, creados por la organización internacional Women's Link Worldwide, permiten a los ciudadanos votar y enviar un mensaje directo a los jueces de todo el mundo para exigirles que protejan los derechos de las mujeres y las niñas, aunque también para reconocer el trabajo de aquellos tribunales que luchan por la igualdad de género.

Esa sentencia de la Audiencia cántabra no consideró probado que la niña, que tenía 5 años cuando comenzó a sufrir abusos de su vecino, opusiera resistencia. Los magistrados indicaron que, al contrario, era "habitual" que la menor volviera a la casa de este hombre, que le hacía regalos "para contentarla" (consolas, ordenador portátil, teléfonos móviles), y que fue condenado a tres años y nueve meses de cárcel.

El presidente del TSJC destaca que en la sentencia en ningún caso se deja entrever que la menor víctima "tuviera que haber adoptado uno u otro comportamiento". "Los tribunales enjuician a las personas acusadas de delitos, pero nunca a las víctimas, ni cuestionan sus comportamientos", ha manifestado Del Moral.

Según ha explicado, lo que hace el tribunal, "porque es su obligación", es dilucidar si se han dado determinadas circunstancias, como el uso de la violencia, que condicionan la calificación jurídica de los hechos. Del Moral ha abundado en que es fundamental que los magistrados se pronuncien sobre si se produjo o no violencia para poder valorar el caso e imponer la pena.

"Y eso es lo que se hace en este caso", ha aseverado, antes de añadir que en este juicio por los abusos a la niña era "imperativo" determinar si hubo violencia o intimidación, porque la condena podía variar en función de ello entre delito de abuso o de agresión sexual (castigado con más pena).

El presidente del TSJC ha indicado que eso fue precisamente lo que hizo la sección tercera de la Audiencia y así se recogió en la sentencia. "El tribunal se limita a constatar un hecho. En ningún momento pretende decir que el comportamiento de la víctima tenía que haber siso éste o aquel. Solo se analizan las circunstancias para pronunciarse sobre una determinada calificación jurídica", ha insistido.

López del Moral ha considerado que la sentencia es "impecable" y ha manifestado que el tribunal que la dictó está formado por magistrados "de gran prestigio" y "con gran sensibilidad" hacia las víctimas. Y ha apuntado que ni la acusación particular ni el Ministerio Fiscal han recurrido esta sentencia para solicitar una pena mayor.