Una mujer que ejerció la acusación particular contra su marido y consiguió que fuese condenado a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito de maltrato, ha pedido su absolución a través de un escrito en el que asegura que se equivocó cuando declaró en el juicio contra él al no conocer el idioma español.

El escrito fue presentado junto al recurso que presentó su esposo en la Audiencia Provincial de Murcia, en el que pidió la revocación de la sentencia dictada por un Juzgado de lo Penal de Lorca que declaró probado que los hechos ocurrieron en el domicilio familiar, ubicado en Águilas, cuando agredió a la denunciante porque ésta quería salir a la calle "a despejarse".

Señalaba la sentencia, que ahora se ve confirmada por la Audiencia, que la reacción del acusado, que estuvo movida por una situación de dominación sobre ella, fue la de golpearla en la cabeza, "al tiempo que portaba un destornillador en la otra mano".

La resolución judicial condenó al acusado, natural de un país norteafricano, a la pena de 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad, además de dictarse una orden de alejamiento por la cual no podrá acercarse a menos de 200 metros de ella por tiempo de dos años.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, que tiene como ponente a la magistrada María Antonia Martínez, no ha dado la mayor credibilidad al escrito "supuestamente suscrito por la perjudicada, que actuó como acusación particular, y que está redactado en un idioma que no conoce, el castellano".

Precisamente en el documento se retracta de las declaraciones acusatorias que vertió en el juicio al intervenir como testigo, ya que, asegura, entonces no supo lo que decía al ser extranjera y no conocer la lengua española. La Sala rechaza esa consideración, ya que, afirma, el vídeo de la grabación permite comprobar que en el juicio contó con un intérprete que le tradujo todo lo que se le preguntaba y, a su vez, tradujo todo lo que ella contestaba.

"Negar ahora haber sido agredida, amenazada o insultada por el acusado -dice el tribunal- resulta, como poco, inquietante, falto de rigor alguno y rayano en excesos en el límite del derecho de defensa, que esta Sala quiere destacar". La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia condenatoria tras señalar que el Juzgado de lo Penal contó con pruebas suficientes para declarar los hechos como probados.