En su sentencia, que no es firme, la Sección 21 de la Audiencia de Madrid ordena pagar más de 2 millones de indemnizaciones a un total de 39 afectados, que incluyen tanto a familiares de trabajadores de Uralita que inhalaron el amianto cuando lavaban la ropa que éstos traían a casa como a vecinos que no tuvieron relación laboral alguna con la fábrica.

La Audiencia corrige una sentencia anterior de un juzgado de primera instancia de Madrid, que fijaba indemnizaciones solo para los familiares de empleados de Uralita, y establece, por primera vez, que los vecinos que estuvieron expuestos al amianto de la fábrica que Uralita tenía en Cerdanyola del Vallès también deben ser indemnizados como víctimas ambientales de la empresa.

La demanda fue presentada por afectados o herederos de vecinos de la zona que sufrieron mesoteliomas, un tipo de cáncer de pulmón, asbestosis o placas pleurales debido a la exposición al amianto.

En su sentencia, el tribunal reconoce que un informe de 1977 ya hizo constar que en las calles de Ripollet se encontraban "fibras y residuos de cemento y amianto" debido a que el polvo del proceso de molido de la fábrica se evacuaba al exterior, "sin filtros ni dispositivos de retención y recogida".

Otros dos informes de los Ayuntamientos de Cerdanyola y Ripollet, según la sentencia, apuntaron también a la existencia de "residuos de fibrocemento enterrados o esparcidos en la zona". El tribunal concluye que Uralita, pese a conocer el peligro que conllevaba, "no actuó con la diligencia exigible al emitir sin el control adecuado al ambiente exterior las fibras de amianto de su explotación industrial", con lo que, en opinión de la sala, incurrió en "responsabilidad civil de carácter extracontractual".

Según recuerda el tribunal en su sentencia, "se ha estudiado científicamente que la mayor exposición a la inhalación de fibras de amianto en las localidades de Cerdanyola del Vallès y Ripollet ha provocado en dichas poblaciones una mayor incidencia" de las enfermedades relacionadas con esa sustancia.

La Audiencia recuerda que al menos a partir de 1940 los legisladores empezaron a ser conscientes de la "peligrosidad del amianto y el asbesto", por lo que en 1947 la asbestosis pasó a ser considerada como enfermedad profesional.

La sentencia obliga a pagar indemnizaciones a los enfermos o a sus herederos, por los daños provocados por la fábrica de Cerdanyola, el mayor centro productivo que tenía Uralita en España y que estuvo en funcionamiento entre los años 1907 y 1997.

En 2010, un juzgado de Madrid ya condenó a Uralita a indemnizar con 3,9 millones a medio centenar de vecinos de Cerdanyola y Ripollet por los daños en su salud derivados de la exposición al polvo de amianto generado por la fábrica, pero la Audiencia revocó posteriormente la sentencia al considerar prescrita la causa.