La Audiencia cántabra ha estimado el recurso que planteó la representación legal de los padres del menor contra la sentencia que en primera instancia rechazó su reclamación.

El Juzgado no aceptó la demanda porque entendía que no se había acreditado la situación de acoso escolar del menor y, en la sentencia, aludía a que todos los testigos lo habían negado y a que los informes periciales aportados por la parte demandante no eran suficientes.

Sin embargo, tras examinar el recurso, la Audiencia considera que sí hubo acoso, pero en lugar de los 30.000 euros que pedían los padres para el resarcimiento del daño moral determina que los titulares del centro educativo deben pagar 6.000.

El tribunal afirma que en el curso 2014-2015 el chico "padeció un continuo y deliberado maltrato por parte de sus compañeros", que no afectó a su rendimiento escolar pero sí le produjo inquietud y sufrimiento, y desencadenó un trastorno psicológico que precisa tratamiento.

Y establece que el centro debe indemnizar porque, para la Audiencia, no ha demostrado cumplidamente "que empleara toda la diligencia necesaria" para prevenir el daño. Según se explica en ella, la madre del chico puso por primera vez en conocimiento del colegio la situación que vivía su hijo en junio de 2014.

Entonces, trasladó que durante un recreo algunos compañeros habían impedido a su hijo, de 12 años, jugar con unas raquetas con las que, según contó, le habían amenazado. La madre también dijo que se burlaban de su hijo por sus calificaciones y que le habían metido hierba en la ropa.

La sentencia agrega que durante el curso siguiente, 2014-2015, los padres reiteraron en el colegio su preocupación por comportamientos "que consideraban hostiles o provocadores de otros alumnos" hacia el menor.

Estos padres se quejaron de amenazas, burlas e insultos, del "vacío" padecido en una fiesta de cumpleaños por su hijo, o de que arrojaban al suelo y pisoteaban su cazadora. La sentencia también recoge que el menor sufrió una lesión en la mano a consecuencia de un balonazo durante una clase de educación física.

También indica que el colegio atendió todas las quejas y constituyó una comisión de seguimiento en septiembre de 2014. También realizó una intervención individual y grupal, expulsó a dos alumnos durante un día, e informó al Servicio de Inspección de la Consejería de Educación.

Estas actuaciones terminaron por la apreciación por parte del colegio de que, aunque se habían observado "situaciones puntuales de falta de respeto" entre compañeros, "no eran constitutivas de acoso" al alumno.

Sin embargo, la Audiencia sí cree que se produjo esa situación en impone la indemnización, de 6.000 euros más intereses legales.