Según recoge la sentencia, los magistrados también condenan al procesado a abonar 9.000 euros en concepto de indemnización a la perjudicada y órdenes de alejamiento durante 18 años y seis meses, cinco años de privación del derecho a la tenencia y porte de armas.

En concreto, se da por probado que el acusado y la mujer han mantenido una relación de pareja durante siete años "de manera intermitente, tanto en la relación, como en la convivencia". Un periodo en el que él supuestamente ha actuado "de forma cruel" contra ella, con "conductas posesivas, celosas, controladoras y agresivas".

A través de dichas conductas, agregan los jueces, "humillaba, amenazaba, agredía e incluso forzaba sexualmente" a la mujer, "cuando ésta no accedía a sus peticiones sexuales o económicas".

Al respecto, detallan que "desde prácticamente el inicio de la relación sentimental ha llevado a cabo conductas y acciones tendentes a la domesticación y sometimiento de su pareja", con distintos insultos y amenazas de muerte.

No obstante, la mujer, "debido a su estado anímico y la reiteración de tales conductas, no puede concretar la hora, el día y el lugar" en los que ocurrieron los hechos que denunció el día 9 de septiembre de 2014, de modo que relató los más próximos a tal fecha.

Como consecuencia de ello, los magistrados indican que la mujer ha sufrido "cambios emocionales, cognitivos y de conducta, compatibles con una situación de violencia de género mantenida a lo largo del tiempo, precisando tratamiento psiquiátrico y psicológico".

Según se expone en la resolución judicial, el propio acusado reconoció en el juicio, "al menos parcialmente", determinados hechos de entre los que se le atribuyen.