Si usted tiene cláusulas suelo, su banco deberá informarle del mecanismo extrajudicial de devolución. Es una de las novedades del Real Decreto que se aprobará previsiblemente este viernes.

Una vez informados, podemos reclamar al banco, que tendrá tres meses para presentarnos una oferta de devolución, y si aceptamos, abonar el dinero, como pedía el PSOE.Esa cantidad incluirá todo lo cobrado de más en la hipoteca, más los intereses de demora.

Aunque como primera opción, podremos recibirlo en metálico según el Real Decreto que a las asociaciones de consumidores y a Podemos no les acaba de convencer. "Los bancos se convierten en juez y parte de esa devolución extrajudicial, de forma que van a elegir a quién y cuánto pagan la cláusula suelo", explica Enrique García, portavoz de la OCU.

Critican que según el borrador, los bancos se podrían negar a devolver el dinero, algo que pedían algunos banqueros alegando que hubo firmantes que eran expertos y por tanto no firmaban a ciegas.

Si al final el banco no nos da el dinero, o no nos gusta su oferta, podemos acudir a los tribunales, pero sabiendo que sólo nos libraremos de pagar las costas si el juez nos concede más dinero del ofrecido por el banco.

En cuanto a los impuestos, atención: no tendremos que tributar por las indemnizaciones, pero sí por las cantidades recuperadas que se habían deducido como gastos.