Este sábado es el último día que los electores residentes en el extranjero pueden remitir su voto por correo, pues la Junta Electoral Central ha ordenado que aquellos que lleven matasellos del domingo o días posteriores ya no se considerarán válidos. Otra cosa es el ejercicio del voto en urna en los consulados y embajadas, que podrá hacerse hasta las ocho de la tarde del domingo.

En un acuerdo adoptado esta semana ante las quejas de Unidos Podemos por la gestión de voto del exterior, la Junta Electoral Central ha recordado que en una circular de 2011 ya ordenó al ministerio de Asuntos Exteriores que "todos los sobres con papeletas electorales recibidos por una oficina consular, con independencia de la fecha de matasellos que tengan", sean remitidos mediante envío electoral a la oficina que se constituya en el Ministerio para centralizar los envíos, la cual, a su vez, los debe enviar de modo urgente a las Juntas Electorales Provinciales.

La JEC dejaba a estas Juntas la decisión para determinar la validez o no de estos votos, pero para estos comicios de junio, "vistos los problemas suscitados en relación con el voto de los electores residentes en el exterior", ha dado instrucciones para que se consideren válidos "todos los votos contenidos en sobres en los que conste que fueron remitidos por estos electores hasta el día anterior al de la votación, esto es, hasta el sábado 25 de junio de 2016, siempre que lleguen a tiempo de ser escrutados".

Esos "problemas" con el voto desde el extranjero ya habían obligado a ampliar todos los plazos de su tramitación, con el consiguiente riesgo de que la documentación electoral llegue más tarde al votante, y por ello la Junta ha decidido apurar el plazo para remitir los votos por correo del colectivo emigrante.

En todo caso, recuerda que el plazo para votar en los consulados y embajadas también se amplió en su momento y que puede ejercerse este voto en urna hasta las 20 horas del domingo 26 de junio, hora peninsular, al mismo tiempo que los electores que votan en España.